jueves, 5 de marzo de 2015

Entre la efervescencia coyuntural de la rendición de cuentas y la transparencia ¿Dónde queda “lo estructural” del asunto?

José Ojeda Bustamante
Opinión

A partir de la definición de Rendición de Cuentas de la Auditoría Superior de la Federación, quien establece que es la obligación permanente de los mandatarios para informar a sus representados de los actos que llevan a cabo en su nombre; y del significado anglosajon del termino accountability el estado de ser sujeto a la obligación de reportar, explicar o justificar algo… responsable de algo… ser sujeto y responsable para dar cuentas y responder a preguntas… Entonces tenemos que rendir cuentas es que todo servidor público cual fuera tiene la obligación y responsabilidad de mostrar su quehacer diario, dar cuentas, explicar su actuar y justificar su desempeño; sobre todo el uso de sus facultades, de sus poderes y responsabilidades.


La rendición de cuentas no es un solo acto aislado de informe unilateral, es el resultado dinámico del intercambio de información del gobernante con los gobernados, del funcionario público con los ciudadanos; del partido político con la sociedad, no solo con sus militantes.

En este mismo sentido, la rendición de cuentas asume responsabilidad en la toma de decisiones, se sabe de antemano que los errores, simulaciones, incompetencias, engaños, omisiones, etc., tienen un responsable o responsables y una sanción para quien incurra en ello.

La presencia histórica de la rendición de cuentas incluso data desde fines del siglo XVIII, en la mayoría de las constituciones de inspiración liberal; antes incluso de que se hablara de transparencia ya se refería a la rendición de cuentas, con la limitación de la publicidad o la visibilidad de los actos de las autoridades. Quienes determinaban la pertinencia de ofrecer evidencias.

El devenir histórico trajo los beneficios de la transparencia, sin transparencia no es posible caminar a la rendición de cuentas, es un paso obligado pasar por la publicidad y la visibilidad de los actos de gobierno. En la actualidad existen las herramientas necesarias para evidenciar, sustentar cada acción de gobierno. Ahora resulta casi imposible que no se tenga los expedientes que sustentan cada toma de decisión gubernamental.

Partimos entonces del factor fundamental de la rendición de cuentas, que es la relación que establece entre quien está obligado a rendir cuentas y quienes tienen el derecho a exigirla y valorar su contenido sobre todo su utilidad para el ciudadano. Así, lo define esta práctica democrática en el intercambio de información y su utilización, que al mismo tiempo aplica control, supervisión, verificación y, de ser el caso, aplicación de sanciones por la institución responsable de efectuarlo (Auditorias Superiores, Contralorías, Congresos), quien también se le debe exigir el rendir cuentas de su actuar.

Por ahora dejamos aquí las reflexiones, en próximas columnas trataremos la utilidad de lo estructural de la Rendición de cuentas y la transparencia e incluso algunos casos de éxito en nuestro país, que los hay. 

Twitter: @ojedapepe

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