José Ojeda Bustamante
Opinión
La información al
ciudadano y su utilidad, va encaminada al derecho su impostergable de
información, de la calidad de la información, de la veracidad de la
información, del costo de oportunidad de la información; lo anterior nos deriva
a dos premisas en la transparencia y sobre todo de cara a la rendición de
cuentas:
En primer término,
que aquellos que constituyen datos e información sobre lo ejecutado o a
ejecutar con los recursos públicos asignados al funcionario o a la institución;
se trata de elementos informativos, documentales sobre el trabajo y las
responsabilidades sobre las que se rinden las cuentas. Esto nos lleva a
evidencias de la acción pública.
En segundo término,
la información aportada como evidencia debe ser complementada, con la
información de tipo argumentativo que explique las razones, los motivos y los
elementos que llevaron a la adopción u omisión de ciertas decisiones y su
posterior implementación, ajuste y cierre. Que clarifique en una clara
rendición de cuentas, no solo el que, sino él porque.
En cuanto al
entramado para ejercer la rendición de cuentas en el ámbito organizacional, no
se puede perderse de vista que las diferencias y dificultades emergen del tipo
de rendición de cuentas de que se trate, sea ésta entre ciudadanos y órganos de
gobierno (del tipo vertical) o entre órganos del Estado (del tipo horizontal).
(O’Donnell, 2014: 24)
La rendición de
cuentas vertical, es aquella que involucra a dos o más actores vinculados por
la cesión de un poder o mandato, su expresión más común es la ocupación de un
cargo público. Aquí es donde el ciudadano se mueve, de manera individual y/o
colectiva, donde diversas expresiones ciudadanas han encontrado un sinnúmero de
oportunidades para ejercer su derecho e incidencia; sin embargo, todavía son
pocos los resultados que se puedan presumir, como lo que ha hecho el Centro de Estudios Espinoza Yglesias (CEEY) con temas de la
movilidad social, y evaluaciones a leyes, a congresos, etc; el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) con temas y
evaluaciones de competitividad del sistema educativo, económico, empresarial; Centro de Estudios e Investigación en
Desarrollo y Asistencia Social (CEIDAS), con temas de
pobreza y marginación; Ciudadanos por Municipios Transparentes (CIMTRA), con temas y
evaluaciones locales de transparencia en lo legislativo y municipal; entre
otras instituciones ciudadanas más, varias más.
La rendición de
cuentas horizontal, es cualitativamente diferente de la vertical y tiene lugar
entre instancias de gobierno o de estado; es producto y consecuencia de las
limitaciones y defectos de la democracia indirecta. La imposibilidad práctica
de que los ciudadanos vigilen efectivamente a cada autoridad. Aquí es el
entramado de nuestro sistema político mexicano, donde se faculta a
instituciones a ejercer la rendición de cuentas de manera horizontal. Lo
anterior es donde se encuentra el poder se sancionar, inhabilitar y demás; como
son los tribunales, contadurías, contralorías superiores, auditorias
superiores, órganos de vigilancia, órganos de auditoria, contralorías internas,
inspecciones generales, supervisores, etcétera. Podemos referir experiencias
exitosas en diversos estados y municipios, que vale la pena en próxima
publicación hablar de las experiencias exitosas de la rendición de cuentas
horizontal.
En un ejercicio que
permita cruzar las variables de transparencia, contraloría social y rendición
de cuentas, esto nos permitiría a los ciudadanos con respecto a sus servidores
públicos moverse:
·
De la
opacidad a la claridad.
·
De la
participación pasiva a la participación activa
·
De la
suavidad-simulación-impunidad a la efectividad-dureza-justicia
Estas variables nos
llevan al puerto de la de la rendición de cuentas. Donde en el extremo tenemos
la preponderancia de las instituciones públicas, sin sanciones efectivas y
perdurables; y en la otra participación social profunda, de igual forma sin
sanciones efectivas perdurables en diferentes niveles y grados.
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