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miércoles, 1 de julio de 2015

“México y su compromiso con las personas refugiadas”

Salvador López Santiago
Opinión
La Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados señala que un refugiado es una persona que "debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país".


De manera inverosímil, actualmente los casos de personas que huyen de sus hogares por persecuciones o conflictos armados, siguen siendo una realidad que lacera a la comunidad internacional. Para dimensionar la magnitud del asunto, según cifras de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a nivel mundial se registraron 59.5 millones de casos de este tipo en 2014 (cifra más alta de desplazados registrada por este organismo internacional).

Por su parte, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH), señala que el mayor número de refugiados proviene de países de América, entre los que sobresalen: el Salvador, Honduras, Colombia, Cuba, Guatemala y Nicaragua. Por otro lado, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), refiere que ente 2002 y 2013 se recibieron 6 mil 962 solicitudes de refugio y protección de todo el mundo.

Aunado a lo anterior, es importante precisar que entre 2009 y 2013, las solicitudes de refugio a México aumentaron un 90.5%, situación que en gran medida obedece a que tradicionalmente nos hemos distinguido como una sociedad solidaria y comprometida con el respeto de los derechos humanos de los refugiados. Basta mencionar casos emblemáticos como el de los españoles que exiliados durante la guerra civil; los ciudadanos judíos, polacos y austriacos perseguidos por el nazismo; y el de los chilenos que dejaron su nación por el golpe militar de Pinochet.

Además del valor intrínseco de las acciones referidas, destaca que en varios casos la seguridad y certeza que encontraron en nuestro país, fueron correspondidas con grandes aportaciones en la cultura y artes mexicanas, de ahí que el compromiso de México con las personas refugiadas esté plasmado en el ordenamiento jurídico nacional.

Sobre este último aspecto, el párrafo segundo del artículo 11 de la Constitución Federal, establece que “En caso de persecución por motivos de orden político, toda persona tiene derecho a solicitar asilo; por causas de carácter humanitario se recibirá refugio”. En el mismo sentido, la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, reconoce la condición de refugiado y establece los mecanismos para otorgar el asilo político.

En síntesis, en la legislación mexicana se garantiza en todo momento el respeto a los derechos humanos de los solicitantes, asilados  y refugiados, lo cual deja de manifiesto la sensibilidad, empatía y fraternidad que nos distingue como nación. Bajo esta tesitura, me parece que las consideraciones vertidas nos convocan a conducirnos con el mismo apoyo y solidaridad en todos los ámbitos –familiar, escolar, laboral, social, etcétera-, porque sin duda, esto nos permitirá ser mejores individuos y en consecuencia, una mejor sociedad.  

Twitter: @sls1103.   

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